Denuncias de procedimiento irregular en la aprobación de la Reforma Pensional

La reforma pensional impulsada por el Gobierno de Gustavo Petro fue aprobada la noche del viernes 14 de junio. Aunque el proyecto tenía un amplio respaldo, la oposición ha manifestado su intención de pedir a la Corte Constitucional que examine el procedimiento legislativo seguido en el Congreso.

La plenaria de la Cámara de Representantes adoptó con 86 votos a favor el texto de la reforma pensional que ya había sido aprobado por el Senado, lo que generó controversia. La discordia se intensificó porque se desestimaron las modificaciones introducidas por la Comisión Séptima de la Cámara. La oposición denunció “censura” debido a que se aceptó la proposición que retomaba el texto del Senado.

Primero, la congresista Katherine Miranda, señaló que aunque la Cámara puede aceptar un texto del Senado, como sucedió con la reforma pensional, el procedimiento solo es legal si la proposición está acompañada del texto, lo cual no se cumplió en este caso. “Los representantes no tuvieron un conocimiento completo, suficiente, veraz y preciso al momento de votar”, añadió.

La congresista también mencionó que el Gobierno y los ponentes no proporcionaron una explicación adecuada sobre las modificaciones del texto presentado en la plenaria de la Cámara en comparación con el aprobado en el Senado.

Finalmente, destacó que la urgencia por el cierre del año legislativo no justifica “eludir el proceso deliberativo, ni eximir al proyecto del cumplimiento del requisito de publicidad, deliberación y aprobación en ambas plenarias del Congreso”.

Miranda afirmó que se violaron las reglas de procedimiento esenciales para el funcionamiento del legislativo. Según ella, se restringió y limitó la capacidad de modificación de las plenarias y el papel de las comisiones de conciliación. Miranda sostiene que la forma en que se aprobó la reforma pensional infringe los principios de pesos y contrapesos, fundamentales según la constitución del Estado.

Por su parte, el magistrado del Consejo Nacional Electoral (CNE), Cesar Lorduy, mencionó la sentencia C-074 de 2021 de la Corte Constitucional, en la que se declaró inconstitucional un proyecto de ley aprobado en condiciones similares. Según el fallo, aplicable al caso de la aprobación de la reforma pensional, “No conocer de manera suficiente lo que se aprueba, o negar la posibilidad de proponer, debatir o ajustar, constituye una abdicación de las responsabilidades que a ese órgano le confió la Constitución”.

FUENTE QUINDIONOTICIAS.COM

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