La Corte Suprema de Justicia confirmó la sentencia contra Daneidy Barrera Rojas, más conocida como ‘Epa Colombia’, quien deberá cumplir cinco años, tres meses y 15 días de prisión por los delitos de perturbación al servicio de transporte público, instigación a delinquir con fines terroristas y daño en bien ajeno.
La influenciadora, quien en 2019 vandalizó una estación de Transmilenio en Bogotá en medio del estallido social contra el gobierno de Iván Duque, no podrá acceder a prisión domiciliaria, según lo determinó la Sala Penal del alto tribunal.
El magistrado Fernando Bolaños, encargado de la lectura del fallo, explicó que Barrera Rojas actuó de manera violenta y destructiva, por lo que su comportamiento excedió los límites de la protesta pacífica.
“La libertad de expresión no es absoluta y deja de ser lícita cuando, a través de ella, se propaga la violencia destructiva de bienes jurídicos personales o de uso público”, destacó la Corte.
El 22 de noviembre de 2019, durante las protestas nacionales, ‘Epa Colombia’ se grabó destruyendo la estación Molinos de Transmilenio con un martillo. Además, la Fiscalía presentó pruebas de su participación en la destrucción de la URI de Tunjuelito y en la realización de grafitis contra el expresidente Iván Duque.
La influenciadora fue notificada de la decisión el 27 de noviembre de 2024, mientras se encontraba en una de sus peluquerías. En un video publicado en redes sociales, lamentó su situación: “Qué triste salir de mi peluquería y que todo mi equipo de trabajo me vea subiéndome para que me lleven al búnker de la Fiscalía”, dijo entre lágrimas.
Además de la condena de prisión, el fallo impone a Barrera Rojas una multa de 492.24 salarios mínimos legales vigentes, equivalentes a aproximadamente 800 millones de pesos.
La Corte también rechazó cualquier posibilidad de retractación, argumentando que la aceptación de los cargos es un acto consciente e irreversible.
Por ahora, Barrera Rojas deberá cumplir su condena sin beneficios de prisión domiciliaria, aunque su defensa podría intentar otras acciones jurídicas.
FUENTE QUINDIONOTICIAS.COM